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CHILE
Tras años de riñas, el Congreso chileno finalmente aprobó
una Ley de Prensa que derogó algunas de las disposiciones sobre
la difamación y la calumnia más draconianas del país.
Ha habido una intensa presión internacional para que Chile elimine
severas restricciones a la prensa de su sistema legal. Pero la prensa
local también concede al presidente Ricardo Lagos el mérito
de revivir las reformas, que estaban frenadas por funcionarios renuentes
a renunciar a las leyes que los protegían de la crítica.
La ley derogó ciertas disposiciones de la tristemente famosa Ley
de Seguridad del Estado de 1958, incluido el Artículo 6b, que penalizaba
insultar a altos funcionarios. La ley también eliminó el
Artículo 16, que autorizaba la suspensión de publicaciones
y transmisiones, así como la incautación inmediata de publicaciones
que fueran consideradas ofensivas; y el Artículo 17, que extiende
la responsabilidad penal a los editores y las editoriales de las publicaciones
ofensivas. A lo largo de la historia chilena, los tribunales militares
han escuchado las demandas por difamación entabladas por militares
contra civiles; la nueva ley revocó esa disposición.
La ley también derogó la Ley de Abusos de Publicidad de
1967, que facultaba a los jueces para prohibir la cobertura informativa
de los procesos judiciales. Aunque este paso fue positivo, la derogación
también restringió el derecho de los periodistas a informar
acerca de la vida privada de una persona. Con la nueva ley de prensa,
los periodistas que lo hagan podrán ser procesados de conformidad
con el código penal, según J. Ignacio Correa Amunátegui,
vicepresidente de la Asociación de Abogados por las Libertades
Públicas. Un proyecto de ley que busca modificar estas onerosas
disposiciones se encuentra estancado en el Congreso, dijo Correa.
Además, la ley de prensa mantiene el «desacato» como delito en
el código penal e impone responsabilidad penal por la calumnia
y la injuria. La ley también faculta al gobierno para determinar
quién es periodista y quién no lo es. Y aunque la ley garantiza
el derecho a proteger las fuentes, limita ese derecho a los periodistas
«reconocidos», los estudiantes de periodismo que hacen las prácticas
profesionales, los periodistas recién graduados de universidades
acreditadas, los directores, los editores y los corresponsales extranjeros.
La ley también especifica que uno debe tener título de periodismo
para trabajar como portavoz o periodista de las instituciones estatales.
La aprobación de la nueva ley de prensa finalmente resolvió
una de las demandas por difamación más tristemente célebres
de Chile. Alejandra Matus, quien fue demandada en 1999 y huyó del
país luego de que su denuncia contra el sistema judicial chileno,
El libro negro de la justicia chilena, fuera prohibido de conformidad
con la Ley de Seguridad del Estado, pudo regresar a Chile sin correr el
riesgo de ser arrestada. También se ha permitido que su libro circule
libremente.
No obstante, el caso de Matus aún sigue en trámite ante
la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), radicada
en Washington, mientras que varias disposiciones penales sobre la difamación
siguen vigentes en Chile. El 23 de marzo, el CPJ introdujo un escrito
de amicus curiae que apoyó la denuncia de Matus ante la comisión.
El escrito instó a la Comisión a que recomendara la derogación
por parte de Chile de los artículos cuestionados de la Ley de Seguridad
del Estado, los que poco después fueron eliminados como parte de
las reformas a la ley de prensa; y también recomendó que
Chile adoptara la norma de «real malicia» para todos los casos de difamación
que involucren a funcionarios públicos o figuras públicas.
El Consejo de Defensa del Estado (CDE) solicitó que Paula Afani,
periodista del diario La Tercera, fuera sentenciada a cinco años
de prisión por haber violado presuntamente la Ley de Drogas de
1995 con un artículo escrito en 1999 que trataba de una investigación
gubernamental sobre el narcotráfico y el lavado de dinero. Afani
también fue acusada conforme a la ya derogada Ley de Abusos de
Publicidad por publicar fragmentos del expediente criminal secreto de
la investigación. A principios de enero, a Afani le llegó
la noticia de que había sido absuelta del primer cargo. Sin embargo,
el CDE apeló la decisión y también introdujo un escrito
ante la Corte Suprema de Justicia, Afani contó al CPJ.
El hecho de que sólo unas cuantas empresas en especial COPESA
y El Mercurio sean propietarias de medios de comunicación
continúa siendo un grave problema. La página de noticias
de Internet El Mostrador.cl (www.elmostrador.cl), cuyo lanzamiento
en el 2000 conmocionó a los medios, en su mayoría conservadores,
capeó un año difícil y en noviembre se vio obligado
a comenzar a cobrar una cuota a los usuarios. De cierto modo, El Mostrador
fue víctima de su propio éxito. Según una fuente
consultada por el CPJ, los atrevidos reportajes de la publicación
digital obligaron a los medios convencionales a seguir sus pasos; y, dado
que estos disponen de mejores recursos, ahora la prensa convencional se
le adelanta con la primicia a la publicación digital que constantemente
se les adelantaba en el 2000.
Mientras tanto, las noticias que tocan los intereses de los propietarios
de los medios siguen siendo tema vedado. De acuerdo con un editor, «Si
algunos empresarios se meten en el negocio de los medios, es porque quieren
asegurarse de dos cosas: conseguir influenciar al público y evitar,
a toda costa, noticias desfavorables a sus intereses económicos».
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