Nueva York, 26 de julio del 2000 ---
En un fallo sumamente aplazado y divulgado ayer, la
Corte Suprema de Panamá rechazó
el recurso de hábeas corpus presentado por
el periodista Carlos Singares, quien había
apelado a la Corte Suprema el 23 de junio luego de
haber sido sentenciado a ocho días de
cárcel por desacato al Procurador General
José Antonio Sossa. Singares aguarda ahora
a que el mismo Sossa falle sobre el pedido del
periodista de reconsiderar la sentencia.
El 22 de junio, Singares, director del diario de Ciudad de Panamá
El Siglo, publicó un artículo titulado "Sossa
busca el placer entre jovencitas", según el cual Sossa
frecuentaba un burdel donde trabajaban prostitutas menores de edad.
(Sossa ha entablado una demanda penal por difamación contra
el abogado panameño Sidney Sittón, quien fue la fuente
de las denuncias.)
El mismo día en que se publicó el artículo,
Sossa, actuando como acusador y juez al mismo tiempo, ordenó
encarcelar a Singares por "difamación y desacato".
Sossa actuó bajo el Artículo 386, Parágrafo
1 del Código Judicial de Panamá, que da al Procurador
General la autoridad de encarcelar por ocho días a quien
lo ofenda. Las personas acusadas conforme a este artículo
no tienen derecho a defenderse.
Cerca de las 3:30 p.m., Sossa envió a
un grupo de policías armados a las
oficinas de El Siglo para arrestar al periodista. No
pudiendo encontrarlo, los policías
regresaron más avanzada la tarde y esta
vez registraron toda la oficina.
El 23 de junio, Singares presentó un
recurso de hábeas corpus ante la Corte
Suprema. El máximo tribunal
tardó casi un mes en fallar en torno a la
petición, aunque el Artículo 23
de la Constitución de Panamá
establece que la corte debe fallar cuanto antes sobre
las peticiones de hábeas corpus,
según el abogado de Singares, Jaime
Padilla González.
El fallo de la Corte Suprema está
fechado el 21 de julio pero sólo fue
divulgado ayer. Según la
decisión, una copia de la cual fue
obtenida por el CPJ, las críticas que
ofendan "el derecho al honor y la dignidad del
servidor judicial de que trate" deben ser
castigadas, "de forma particular cuando la
información ofensiva está
dirigida al alto funcionario con ocasión
de las delicadas funciones que la ley le asigna".
El fallo ignora el hecho de que un tribunal
inferior aún no ha fallado en torno a la
veracidad de las denuncias de Sittón.
Singares ahora aguarda la decisión de
Sossa en torno a su pedido del 4 de julio de que se
reconsidere su sentencia.
El CPJ expresó su inquietud por el caso
Singares en una carta del 21 de julio dirigida a la
presidenta Mireya Moscoso. La carta exhorta a Moscoso
a agilizar la revocación en su
país de las llamadas "leyes mordaza", un
conjunto de artículos, leyes y decretos
"muchos de los cuales fueron promulgados por
regímenes militares" que no
sólo tipifican como delito las
críticas a funcionarios
públicos, sino que además
permiten la censura previa.
"La decisión de ayer de la Corte
Suprema es un revés para la libertad de
prensa en Panamá", declaró la
directora ejecutiva del CPJ, Ann Cooper. "Exhortamos
al Procurador General Sossa a reconsiderar esta
decisión errónea de encarcelar
a Carlos Singares, e instamos al gobierno de
Panamá a revocar las
anacrónicas leyes penales de
difamación que permitieron esta burla de
justicia".