Nueva York, 21 de mayo de 2001 --- La Corte Interamericana
de Derechos Humanos se reunirá mañana en San José,
Costa Rica, para analizar si debe suspender el fallo de un tribunal
costarricense que encontró culpable del delito de difamación
a un periodista local.
El 12 de noviembre de 1999, el Tribunal de Juicio Penal del Primer
Circuito Judicial de San José condenó a Mauricio Herrera
Ulloa y al diario de San José La Nación por el
delito de difamación. El caso se basó en unos artículos
de 1995 de Herrera Ulloa que citaban reportajes de la prensa europea
en los cuales se le imputaban actos de corrupción al exdiplomático
costarricense Félix Przedborski.
El tribunal le ordenó a Herrera Ulloa pagar una multa equivalente
a 120 días de sueldo, los gastos legales de la parte demandante
y 60 millones de colones (190 000 dólares estadounidenses)
por concepto de daños y perjuicios a Przedborski. También
ordenó que el nombre del periodista fuera inscrito en una relación
oficial de delincuentes condenados. Además, se dispuso que
La Nación eliminara todos los enlaces de su página
de Internet que pudieran guiar a los lectores a los artículos
ofensivos, y que publicara fragmentos del fallo.
El 24 de enero de 2001, la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica
rechazó la apelación de La Nación. Como
respuesta, el periódico introdujo una petición ante
la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (una entidad
de la Organización de los Estados Americanos, al igual que
la Corte Interamericana de Derechos Humanos).
De acuerdo con el abogado de Herrera Ulloa, Fernando Guier, la petición
sugiere que la Comisión inste a Costa Rica a hacer que sus
leyes de prensa concuerden con la Convención Americana sobre
Derechos Humanos, la cual ratificó en 1970. El 1 de marzo,
el secretario ejecutivo de la Comisión, Jorge Taiana, le pidió
al Tribunal de Juicio Penal de Costa Rica que suspendiera su fallo
mientras la Comisión estudiaba el caso.
Cuando el Tribunal de Juicio Penal se negó a cumplir la solicitud,
la Comisión le pidió a la Corte Interamericana de Derechos
Humanos que confirmara la suspensión. (Costa Rica y los demás
países que han aceptado la jurisdicción de la Corte
están obligados a aceptar sus decisiones.) El 6 de abril, el
presidente de la Corte Interamericana, Antonio Cancado Trindade, ordenó
al gobierno costarricense suspender el veredicto. La Corte Interamericana
ha fijado una audiencia sobre el caso para el 22 de mayo.
Lamentablemente, el incidente de Herrera Ulloa no es un caso aislado.
A lo largo y ancho de las Américas las leyes de difamación
criminal ponen trabas a la cobertura informativa de temas de evidente
interés público. Altos funcionarios suelen entablar
demandas penales por difamación en contra de periodistas y
organizaciones de medios de comunicación para así protegerse
del escrutinio público.
En años recientes, la Comisión Interamericana ha defendido
enérgicamente a periodistas de varios países latinoamericanos
que han sido procesados injustamente conforme a leyes de difamación
criminal. Además, el año pasado, en la Declaración
de Principios sobre Libertad de Expresión, la Comisión
afirmó que la reputación de los funcionarios públicos
sólo debe ser protegida por medio de sanciones civiles.
«Es sorprendente que los periodistas costarricense puedan ser
catalogados de delincuentes simplemente por cumplir con su deber profesional»,
afirmó la directora ejecutiva del CPJ Ann Cooper. «Instamos
a las autoridades costarricenses a dar el ejemplo al resto del hemisferio
eliminando la difamación criminal en los casos que involucren
a funcionarios públicos.»
Para más información acerca de la situación de
la prensa en Costa Rica y en el continente americano, visitar www.cpj.org.
El CPJ es una organización independiente sin ánimo de
lucro con sede en Nueva York, y trabaja para garantizar la libertad
de prensa en todas partes del mundo.
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