Nueva York, 4 de abril del 2003La Sexta Sala de la Corte
de Apelaciones de Santiago, en Chile, revocó la condena del comentarista
de televisión Eduardo Yánez, quien fue sentenciado por desacato
a comienzos de año.
El miércoles 2 de abril, la corte de apelaciones dictaminó
que «aún cuando los dichos de Yánez se podrán
calificar de desmedidos, groseros o ignorantes, no constituyen el delito
de desacato».
Yañez, quien también es empresario y activista del medio
ambiente, fue condenado por desacato el 31 de enero, cuando el juez
Juan Manuel Muñoz Pardo le impuso una pena de dos meses de prisión
remitida y una multa de 460 dólares estadounidenses. A Yáñez
se le requirió entonces comparecer ante la Gendarmería
chilena cada dos meses.
La sentencia deriva de un episodio de noviembre del 2001 del programa
de debates «El Termómetro», de la cadena Chilevisión,
en el que Yáñez describió al sistema judicial de
su país como «inmoral, cobarde y corrupto» por su
desempeño en el caso de una mujer que había sido encarcelada
por un crimen que no cometió. La Corte Suprema de Justicia de
Chile acusó entonces a Yáñez por desacato.
Yáñez le señaló al CPJ que su absolución
es un «paso adelante en términos de libertad de expresión»
en Chile, pero agregó que «el Congreso debe eliminar el
delito de desacato». En septiembre del 2002, el gobierno del presidente
Ricardo Lagos presentó un proyecto de ley para modificar varios
artículos del Código Penal y del Código de Justicia
Militar que imponen sanciones penales por «insultar el honor o
la dignidad» de los funcionarios públicos.
Para más información acerca de la situación
de la libertad de prensa en Chile, visitar www.cpj.org.
El CPJ es una organización independiente sin ánimo de
lucro radicada en Nueva York, y se dedica a defender la libertad de
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