Nueva York, 23 de enero del 2003—El Comité para la Protección
de los Periodistas (CPJ, por sus siglas en inglés) está
alarmado ante la investigación que el Ministerio de Infraestructura
abrió a los canales de televisión Globovisión y Radio
Caracas Televisión (RCTV) para determinar el presunto incumplimiento
de la normativa sobre transmisiones de radio y televisión. El Ministerio
podría multar a los canales o suspender o revocar sus concesiones.
El CPJ considera que se ha escogido como blanco a los canales por la cobertura
informativa antigubernamental y pro oposición que brindan.
El 20 de enero, funcionarios del referido ministerio notificaron a Globovisión
y a RCTV que se habían abierto procedimientos administrativos contra
ambos canales. Los funcionarios entregaron una carta fechada 17 de enero
y suscrita por el Ministro de Infraestructura, Diosdado Cabello Rondón,
quien informó a los canales que se les estaba investigando por
la presunta violación de lo establecido en el Artículo 53
del Reglamento de Radiocomunicaciones y el Artículo 171 numeral
6 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones. Globovisión
y RCTV disponen de 15 días hábiles para presentar los argumentos
y medios de prueba de la defensa.
En la carta a Globovisión, Cabello ofrece como elementos de las
presuntas violaciones, declaraciones efectuadas por líderes de
la oposición y militares en desobediencia, así como propagandas
políticas de grupos de oposición, las cuales Globovisión
transmitió entre octubre y diciembre del 2002. La carta también
señalaba que, después de grabar y evaluar las transmisiones
de Globovisión, la Comisión Nacional de Telecomunicaciones
(Conatel), ente adscrito al Ministerio de Infraestructura, había
recomendado que se iniciara una investigación. Las personas y los
grupos que emitieron las declaraciones y encargaron las propagandas no
han sido acusados de cometer ningún delito.
El Artículo 53 del Reglamento de Radiocomunicaciones prohíbe
la transmisión de discursos en los cuales se incite a la rebelión
y al irrespeto a las instituciones y sus autoridades; de propaganda tendiente
a subvertir el orden público social; y de señales y noticias
falsas, engañosas o tendenciosas. El Artículo 171 numeral
6 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones contempla, sin perjuicio
de las multas que corresponda aplicar, la revocatoria de la habilitación
administrativa o concesión a «el que utilice o permita el uso de
los servicios de telecomunicaciones para los cuales está habilitado,
como medios para coadyuvar en la comisión de delitos».
En las últimas semanas, el presidente venezolano Hugo Chávez
Frías ha amenazado con cancelar las concesiones de transmisión
de los canales televisivos privados. Este último capítulo
del conflicto entre el presidente Chávez y los medios de comunicación
tiene como trasfondo un paro, que ya lleva más de 50 días,
convocado por la mayor central obrera, la asociación de empresarios
Fedecámaras, y la coalición opositora Coordinadora Democrática.
La mayoría de los medios venezolanos han apoyado enérgicamente
a la oposición y han respaldado el paro. Desde que el paro se prorrogó
por término indefinido en diciembre del 2002, tanto los medios
privados como los estatales han abandonado toda apariencia de objetividad
y equilibrio.

|