Nueva York, 4 de agosto del 2004El Comité para
la Protección de los Periodistas (CPJ, por sus siglas en inglés)
saluda la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
de anular la sentencia contra el periodista de Costa Rica Mauricio Herrera
Ulloa, reportero del matutino La Nación de San José,
que fue procesado penalmente por el delito de difamación en 1999.
La Corte Interamericana, con sede en San José, la capital de Costa
Rica, informó hoy del fallo a La Nación. La decisión
tiene fecha del 2 de julio.
El fallo anula la sentencia del 12 de noviembre de 1999 contra Herrera
Ulloa, argumentando que el estado «violó el derecho a la libertad
de pensamiento y de expresión consagrada en el artículo
13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.»
La Corte Interamericana también ordenó a Costa Rica a pagarle
a Herrera Ulloa 20 mil dólares estadounidenses por concepto de
reparación del daño inmaterial, y 10 mil dólares
estadounidenses para su defensa legal. El gobierno de Costa Rica dijo
que respetará el fallo de la Corte Interamericana, informó
La Nación.
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Antecedentes
El 12 de noviembre de 1999, el Tribunal Penal de Juicio del Primer
Circuito Judicial de San José condenó a Herrera Ulloa por
el delito de difamación. La querella contra Herrera Ulloa se derivó
de una serie de artículos periodísticos de 1995 que él
había escrito para La Nación y que citaban notas
de medios europeos en los que se le imputaban actos de corrupción
al ex diplomático costarricence Félix Przedborski. El Tribunal
Penal le ordenó a Herrera Ulloa que pagara a Przedborski una multa
equivalente a 120 días de sueldo. Como consecuencia de ello, el
nombre del periodista quedó inscrito en el Registro Judicial de
Delincuentes.
Además, a La Nación y a Herrera se les ordenó
pagar los honorarios legales de la parte demandante y 60 millones de colones
(200 mil dólares estadounidenses) por concepto de daños
y perjuicios. Por último, el tribunal dispuso que La Nación
publicara fragmentos del fallo y que eliminara todos los enlaces de su
página de Internet que pudieran guiar a los lectores a los artículos
ofensivos.
Al rechazar la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica la apelación
de La Nación en enero del 2001, el diario y el periodista
introdujeron una petición ante la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos (CIDH), con sede en Washington, D.C. Tanto la CIDH
como la Corte Interamericana son entidades de la Organización de
los Estados Americanos (OEA).
El 3 de febrero del 2003, la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos (CIDH) elevó el caso a la Corte Interamericana, y solicitó
la anulación de la sentencia contra Herrera Ulloa con el argumento
de que viola el derecho a la libertad de expresión del periodista
como establece la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
El 19 de febrero del 2004, una delegación del CPJ presentó
un escrito amicus curiae ante la Corte Interamericana en apoyo a Herrera
Ulloa. El equipo de asesoría jurídica que trabajó
en el escrito estuvo conformado por los abogados de Debevoise & Plimpton
LLP James C. Goodale, Jeremy Feigelson, Erik Christopher Bierbauer, Pablo
J. Valverde y Ellen Hochberg.
En el escrito, el CPJ destaca que «la posibilidad de debatir los actos
de los funcionarios públicos es la piedra angular de la democracia.
Dado que los artículos del Sr. Herrera Ulloa informaban sobre la
conducta de un funcionario público y sobre cuestiones de interés
público, los mismos ameritan la mayor protección posible
bajo el Artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos».
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