Estimado Sr. Martínez:
El Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ,
por sus siglas en inglés) protesta enérgicamente la detención
de la periodista mexicana Isabel Arvide, quien fue procesada penalmente
por difamación el 23 de diciembre del 2002 por el Procurador
General de Justicia del Estado de Chihuahua, Jesús Solís
Silva.
Arvide, periodista y autora que reside en Ciudad de México y
ha escrito numerosos artículos de denuncia sobre el narcotráfico,
la corrupción y la violencia, así como la obra Muerte
en Juárez, fue detenida alrededor de las cinco de la tarde
del martes 4 de marzo, en la ciudad de Chihuahua. La comunicadora tiene
que presentarse en esta ciudad cada quince días ante el Juez
Segundo de lo Penal Octavio Rodríguez Gaytán, en relación
con una demanda penal interpuesta contra ella en el 2002.
Según el hijo de Arvide, Bruno Cárcamo Arvide, la comunicadora
no recibió notificación de la demanda interpuesta por
Solís. Luego de comer en un restaurante y antes de salir en camino
al aeropuerto, Arvide fue arrestada por unos 20 agentes de la policía
estatal de Chihuahua.
Según Isabel Arvide, ella permaneció poco más de
24 horas aislada en una celda del Centro de Readaptación Social
de Chihuahua antes de que le otorgaran la libertad provisional bajo
fianza, fijada en 200 mil pesos mexicanos (20 mil dólares estadounidenses),
cerca de las siete de la tarde del miércoles 5 de marzo. La periodista
viajó luego a Ciudad de México. Hoy, viernes 7 de marzo,
Arvide debe trasladarse a Chihuahua para presentarse ante los tribunales,
donde le declararán el auto de formal prisión y la libertad
bajo fianza. De conformidad con el Código Penal mexicano, Arvide
pudiera ser sancionada con pena privativa de libertad de entre seis
meses y dos años si es declarada culpable.
La demanda penal interpuesta por Solís deriva de un artículo
de Arvide con fecha 2 de junio del 2001 que fue publicado en la página
de Internet de la periodista, www.isabelarvide.com,
y en la edición de Ciudad de México del diario Milenio.
El artículo afirmaba que varios funcionarios del gobierno estatal,
entre ellos Solís, y el empresario periodístico Osvaldo
Rodríguez Borunda, habían formado un nuevo cartel de la
droga en Chihuahua.
Esta no es la primera vez que Arvide es detenida por un proceso penal
por difamación. El 16 de agosto del 2002, agentes de la policía
estatal de Chihuahua arrestaron a Arvide luego de que Rodríguez
Borunda, dueño de la empresa Editora Paso del Norte, editorial
que publica El Diario de Chihuahua y El Diario de Juárez,
interpusiera una demanda penal por difamación en relación
con el artículo de junio del 2001. Rodríguez Borunda solicitó
50 millones de pesos (5 millones de dólares estadounidenses)
como reparación por «daños morales». Arvide fue liberada
24 horas más tarde, después de pagar una fianza de 100
mil pesos (10 mil dólares estadounidenses). La periodista debe
presentarse ante el juez Rodríguez Gaytán cada 15 días
y firmar el libro del juzgado mientras su juicio continúa.
Arvide, quien necesita autorización judicial para salir del país,
debe viajar frecuentemente a Chihuahua. Los gastos de viaje y elevados
honorarios legales han agotado sus recursos y han dificultado su trabajo
periodístico. En diciembre del 2002, el juez Rodríguez
Gaytán rechazó un amparo que ella interpuso en agosto
del 2002 contra la orden de aprehensión y el auto de formal prisión.
Arvide interpuso un recurso de revisión a finales de diciembre,
y el 20 de febrero del 2003 un juez federal revocó el auto de
formal prisión y le ordenó al juez Rodríguez Gaytán
que revisara su fallo. El 4 de marzo, horas antes de su segundo arresto,
a la periodista le informaron que el juez Rodríguez Gaytán
había ratificado el auto de formal prisión. Arvide tiene
previsto apelar la decisión.
La comunicadora teme que la puedan encarcelar en cualquier momento,
puesto que la Procuraduría General de Justicia del Estado de
Chihuahua ha solicitado que le revoquen la libertad provisional bajo
fianza por su condición de reincidente.
El CPJ considera que los periodistas no deben ser procesados penalmente
por su trabajo. Cada vez existe un mayor consenso internacional en el
sentido de que las sanciones civiles constituyen reparación adecuada
en los procesos por difamación. Además, como funcionario
público, el Procurador General Solís debe tolerar el escrutinio
público de sus actividades y sólo debe recurrir a los
tribunales si puede demostrar que un periodista publicó a sabiendas
noticias falsas con la intención de infligir daño. El
hecho de que este último proceso penal por difamación
contra Arvide haya sido iniciado por Solís no puede más
que tener un efecto amedrentador en la difusión de información
crítica de las autoridades estatales de Chihuahua.
Lo exhortamos a que haga todo lo que esté en su poder para asegurar
que los periodistas puedan informar sin temor a ser objeto de procesos
penales por difamación en Chihuahua.
Sinceramente,

Joel Simon
Director en funciones