Estimado Sr. Rodríguez:
El Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ,
por sus siglas en inglés), organización independiente
y sin fines de lucro que se dedica a defender la libertad de prensa
en todo el mundo, está sumamente preocupado por la investigación
que la Fiscalía ha abierto contra el diario caraqueño
El Universal tras la publicación de un editorial que criticaba
al Ministerio Público y al Poder Judicial.
La Fiscalía ha invocado anacrónicas disposiciones sobre
el desacato o vilipendio, que penalizan expresiones ofensivas dirigidas
a funcionarios públicos e instituciones del Estado. Lo exhortamos
a abandonar tal investigación, que tiene como fundamento normas
que suprimen el derecho democrático fundamental de la libertad
de expresión.
En la edición del 25 de julio, El Universal publicó
un editorial en primera plana titulado "Justicia arrodillada", que planteaba
que el sistema penal se había politizado, que había perdido
autonomía y que se caracterizaba por la ineficiencia. Como consecuencia,
argumentaba el editorial, se había ido produciendo una deslegitimación
del Ministerio Público y de los tribunales.
El 26 de julio, la Fiscalía emitió un comunicado de prensa
donde rechazaba que el sistema de justicia estuviera politizado y acusaba
a El Universal y a los medios venezolanos en general de incurrir
en prácticas poco éticas y manipular el tratamiento informativo.
Al día siguiente, su despacho anunció que se había
abierto una investigación penal para determinar si el contenido
del editorial constituía un delito o no. En el editorial, según
la Fiscalía, "se ofende y se expone al desprecio público
y, presuntamente, se vilipendia al Ministerio Público y al Poder
Judicial".
Le recordamos que existe un consenso cada vez mayor entre los organismos
internacionales en el sentido de que los funcionarios públicos
deben estar sujetos a una mayor fiscalización y que éstos
no deben gozar de mayor protección que el resto de la sociedad.
En 1994, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH),
con sede en Washington, D.C., publicó un informe que determinó
que las leyes de desacato son incompatibles con el Artículo 13
de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ratificada
por Venezuela, porque reprimen la libertad de expresión necesaria
para el debido funcionamiento de una sociedad democrática. El
informe recomienda a los estados miembros de la Organización
de los Estados Americanos derogar tales leyes o reformarlas con el objeto
de adecuarlas a los instrumentos internacionales.
La Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión
de la CIDH, aprobada en octubre del 2000, expresa que "[l]os funcionarios
públicos están sujetos a un mayor escrutinio por parte
de la sociedad. Las leyes que penalizan la expresión ofensiva
dirigida a funcionarios públicos generalmente conocidas como
‘leyes de desacato' atentan contra la libertad de expresión y
el derecho a la información". Aunque la Declaración de
Principios de la CIDH no es un documento vinculante, constituye la interpretación
de la CIDH respecto a las normas internacionales vigentes en materia
de libertad de expresión.
Además, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede
en Costa Rica, sostuvo que las críticas a funcionarios públicos
deben gozar de "un margen de apertura a un debate amplio respecto de
asuntos de interés público", de acuerdo con el fallo de
agosto del 2004 que revocó la condena por difamación del
periodista costarricense Mauricio Herrera Ulloa. Recientemente, otros
países de las Américas como Honduras y Guatemala han derogado
la figura del desacato del Código Penal o han suspendido la vigencia
de las normas sobre desacato.
Lamentablemente, Venezuela se ha alejado del consenso internacional.
El 15 de julio del 2003, el Tribunal Supremo de Justicia ratificó
la figura del desacato en el Código Penal. Poco después
del fallo, Eduardo Bertoni, Relator Especial para la Libertad de Expresión
de la CIDH, difundió un comunicado donde lamentaba la decisión
y expresaba que las normas sobre desacato eran incompatibles con una
sociedad democrática. El CPJ, así como otras organizaciones
internacionales y venezolanas, también criticaron el fallo.
El 2 de diciembre del 2004, la Asamblea Nacional, controlada por el
gobierno, adoptó reformas a 38 artículos del Código
Penal venezolano. Los artículos modificados ampliaron las categorías
de funcionarios gubernamentales para que incluyeran, entre otros,
al Fiscal General protegidos por las normas sobre desacato. Las
normas sobre desacato modificadas entraron en vigencia en marzo del
2005.
Si bien los medios venezolanos hasta ahora han podido ejercer ampliamente
la crítica a las instituciones de gobierno, la investigación
penal contra El Universal sólo sirve para intimidar a
los críticos del gobierno. Las normas sobre desacato limitan
el derecho básico de la libertad de expresión en una sociedad
democrática. Lo instamos a reconsiderar la decisión de
abrir una investigación penal contra El Universal.
Desde ya le agradecemos por la atención dispensada a este asunto
y quedamos a la espera de una respuesta.
Sinceramente,

Ann Cooper
Directora Ejecutiva