La Corte Interamericana de Derechos Humanos puede que intervenga en caso de difamación criminal

Nueva York, 21 de mayo de 2001 — La Corte Interamericana de Derechos Humanos se reunirá mañana en San José, Costa Rica, para analizar si debe suspender el fallo de un tribunal costarricense que encontró culpable del delito de difamación a un periodista local.

El 12 de noviembre de 1999, el Tribunal de Juicio Penal del Primer Circuito Judicial de San José condenó a Mauricio Herrera Ulloa y al diario de San José La Nación por el delito de difamación. El caso se basó en unos artículos de 1995 de Herrera Ulloa que citaban reportajes de la prensa europea en los cuales se le imputaban actos de corrupción al exdiplomático costarricense Félix Przedborski.

El tribunal le ordenó a Herrera Ulloa pagar una multa equivalente a 120 días de sueldo, los gastos legales de la parte demandante y 60 millones de colones (190 000 dólares estadounidenses) por concepto de daños y perjuicios a Przedborski. También ordenó que el nombre del periodista fuera inscrito en una relación oficial de delincuentes condenados. Además, se dispuso que La Nación eliminara todos los enlaces de su página de Internet que pudieran guiar a los lectores a los artículos ofensivos, y que publicara fragmentos del fallo.

El 24 de enero de 2001, la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica rechazó la apelación de La Nación. Como respuesta, el periódico introdujo una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (una entidad de la Organización de los Estados Americanos, al igual que la Corte Interamericana de Derechos Humanos).

De acuerdo con el abogado de Herrera Ulloa, Fernando Guier, la petición sugiere que la Comisión inste a Costa Rica a hacer que sus leyes de prensa concuerden con la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la cual ratificó en 1970. El 1 de marzo, el secretario ejecutivo de la Comisión, Jorge Taiana, le pidió al Tribunal de Juicio Penal de Costa Rica que suspendiera su fallo mientras la Comisión estudiaba el caso.

Cuando el Tribunal de Juicio Penal se negó a cumplir la solicitud, la Comisión le pidió a la Corte Interamericana de Derechos Humanos que confirmara la suspensión. (Costa Rica y los demás países que han aceptado la jurisdicción de la Corte están obligados a aceptar sus decisiones.) El 6 de abril, el presidente de la Corte Interamericana, Antonio Cancado Trindade, ordenó al gobierno costarricense suspender el veredicto. La Corte Interamericana ha fijado una audiencia sobre el caso para el 22 de mayo.

Lamentablemente, el incidente de Herrera Ulloa no es un caso aislado. A lo largo y ancho de las Américas las leyes de difamación criminal ponen trabas a la cobertura informativa de temas de evidente interés público. Altos funcionarios suelen entablar demandas penales por difamación en contra de periodistas y organizaciones de medios de comunicación para así protegerse del escrutinio público.

En años recientes, la Comisión Interamericana ha defendido enérgicamente a periodistas de varios países latinoamericanos que han sido procesados injustamente conforme a leyes de difamación criminal. Además, el año pasado, en la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión, la Comisión afirmó que la reputación de los funcionarios públicos sólo debe ser protegida por medio de sanciones civiles.

«Es sorprendente que los periodistas costarricense puedan ser catalogados de delincuentes simplemente por cumplir con su deber profesional», afirmó la directora ejecutiva del CPJ Ann Cooper. «Instamos a las autoridades costarricenses a dar el ejemplo al resto del hemisferio eliminando la difamación criminal en los casos que involucren a funcionarios públicos.»

Para más información acerca de la situación de la prensa en Costa Rica y en el continente americano, visitar www.cpj.org. El CPJ es una organización independiente sin ánimo de lucro con sede en Nueva York, y trabaja para garantizar la libertad de prensa en todas partes del mundo.

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