Corte Suprema insta a Argentina a evitar sesgo en la distribución de la pauta oficial

Nueva York, 4 de marzo de 2011–El Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ, por sus siglas en inglés) saluda un fallo de la Corte Suprema de Justicia argentina que exhorta a omitir criterios discriminatorios y establecer un “equilibrio razonable” en la distribución de la publicidad oficial. La decisión deriva de un amparo presentado en 2006 por la Editorial Perfil, la empresa editora de revistas más grande del país, alegando arbitrariedad en la distribución de la pauta publicitaria oficial.

“El fallo de la Corte Suprema es una fuerte declaración en apoyo a la libertad de la prensa en Argentina”, afirmó Carlos Lauría, coordinador senior del programa de las Américas del CPJ. “Instamos al Congreso a adoptar el siguiente paso y promover legislación que limite la discrecionalidad del estado en la distribución de los avisos oficiales”.

El máximo tribunal de justicia dijo el miércoles: “Todos los medios deben recibir publicidad oficial: esa es la diferencia entre trato igualitario y trato discriminatorio”, según informes de prensa locales. El dictamen unánime de la corte confirma un fallo en 2009 en el que la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal decidió que no otorgar publicidad oficial a varias publicaciones de la Editorial Perfil violaba la libertad de la prensa tal como garantiza la constitución argentina, según la investigación del CPJ.

Perfil había presentado un una acción judicial de amparo contra el poder ejecutivo en julio de 2006, alegando que el gobierno discrimina a la empresa periodística en represalia por su labor informativa crítica. Perfil argumentó que sus publicaciones no reciben publicidad estatal y que sus periodistas no tienen acceso a fuentes y eventos oficiales. La corte de apelaciones había otorgado un plazo de 15 días para que el estado proporcionara publicidad oficial a las revistas semanales Noticias y Fortuna y al diario Perfil. El gobierno apeló luego la decisión ante la Corte Suprema de Justicia, según la investigación del CPJ.

La decisión del miércoles se suma a un fallo de la Corte Suprema condenando a la provincia de Neuquén en 2007 por haber retirado publicación estatal del diario Río Negro. En el caso de Río Negro, el tribunal señaló que el gobierno no puede limitar el reparto de avisos oficiales en forma arbitraria.    

El CPJ y otros analistas han señalado que la administración de la Presidenta Cristina Kirchner, siguiendo un sistema institucionalizado durante la presidencia de su esposo, Néstor Kirchner, ha manipulado la distribución de la pauta publicitaria oficial para sancionar económicamente a los medios críticos y recompensar a los que apoyan a su gobierno. Defensores de la libertad de prensa coinciden en afirmar que la manipulación de la publicidad oficial viola los Artículos 14 y 32 de la constitución argentina, que prohíbe la censura y garantiza la libertad de prensa, y el Artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.