Alerta:
La Corte Interamericanan de Derechos puede que intervenga en caso
de difamación crimnal (21 de mayo de 2001)
Nueva York, 4 de octubre de 2001 --- En una decisión sin
precedentes, la Corte Interamericana de Derechos Humanos adoptó
medidas provisionales a favor de un periódico costarricense
en un caso de libertad de expresión.
El 7 de septiembre, la Corte Interamericana, con sede en San José,
Costa Rica, otorgó «medidas provisionales» y ordenó
a las autoridades costarricenses que suspendieran ciertas secciones
de un fallo condenatorio de 1999 contra el diario La Nación
y su reportero Mauricio Herrera Ulloa por el delito de difamación.
Costa Rica y los demás países que han aceptado la jurisdicción
de la Corte Interamericana están obligados legalmente a aceptar
sus decisiones.
Esta es la primera vez que la Corte Interamericana ha tomado tal medida
en un juicio centrado en la libertad de expresión. Las medidas
provisionales solo se conceden en casos de «extrema gravedad y urgencia,
y cuando se haga necesario evitar daños irreparables a las
personas», según la Convención Americana sobre Derechos
Humanos.
«Nos complace en grado sumo el fallo de la Corte Interamericana»,
declaró Ann Cooper, la directora ejecutiva del Comité
para la Protección de los Periodistas (CPJ, por sus siglas
en inglés). «Esperamos que el gobierno costarricense acate
el fallo sin demora.»
El caso
El 12 de noviembre de 1999, el Tribunal Penal de Juicio del Primer
Circuito Judicial de San José condenó a Herrera Ulloa
por el delito de difamación. El caso giró en torno a
varios artículos de 1995 publicados en La Nación
que citaban reportajes de medios europeos en los cuales se le imputaban
actos de corrupción al ex diplomático costarricense
Félix Przedborski.
El tribunal le ordenó a Herrera Ulloa que pagara a Przedborski
una indemnización equivalente a 120 días de sueldo.
Además, dictaminó que el nombre del periodista fuera
inscrito en el Registro Judicial de Delincuentes; y que La Nación
pagara los honorarios legales de la parte demandante y 60 millones
de colones (190 000 dólares estadounidenses) por concepto de
daños y perjuicios. Por último, el tribunal dispuso
que La Nación publicara fragmentos del fallo y que eliminara
todos los enlaces de su página de Internet que pudieran guiar
a los lectores a los artículos ofensivos.
Luego de que la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica rechazó
la apelación de La Nación, el diario y el periodista
introdujeron una petición ante la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos (CIDH). Tanto la CIDH como la Corte Interamericana
de Derechos Humanos son entidades pertenecientes a la Organización
de los Estados Americanos.
Luego que el Tribunal Penal de Juicio se negó a suspender su
fallo mientras la CIDH estudiaba el caso, la CIDH solicitó
a la Corte Interamericana que otorgara medidas provisionales.
En su decisión del 7 de septiembre, la Corte Interamericana
ordenó a las autoridades costarricenses que mantuvieran el
nombre de Herrera Ulloa fuera del Registro Judicial de Delincuentes
hasta que dicte un fallo definitivo. El gobierno también recibió
instrucciones de suspender la ejecución de la orden que obliga
a La Nación a publicar el fallo del Tribunal
Penal de Juicio.
END